¿Quieres colegiarte?

El Colegio está constituido por aquellos que estén en posesión de los requisitos exigidos para el ejercicio de la profesión de Titulado Mercantil o Empresarial, de conformidad con lo establecido en el vigente Estatuto profesional de Economistas (Intendente Mercantil) y Titulados Mercantiles, (Profesores Mercantiles y Peritos Mercantiles), aprobado por el R.D. 871/1977 de 26 de Abril, por Diplomados en Empresariales, por los Licenciados en Ciencias Económicas y Empresariales – Rama Empresa (Sentencia del T.S. de 22.06.73) y por los Licenciados en Administración y Dirección de Empresas, que se dediquen al ejercicio libre de la profesión. Así mismo podrán ser miembros de pleno derecho, todos aquellos que estén en posesión de titulaciones de Grado Superior que, adaptadas al Espacio Europeo de Enseñanza Superior, se encuentren en el ámbito de la Economía y de la Empresa o temáticas afines.

También podrán formar parte del Colegio como miembros no ejercientes, aquellos que sin darse de Alta en I.A.E., reúnan los necesarios requisitos de titulación detallados en el párrafo anterior, se dediquen a trabajar por cuenta ajena o a otras actividades industriales, comerciales, etc., y lo soliciten. En particular, aquellas personas que reuniendo los requisitos necesarios de titulación estén trabajando por cuenta ajena, en materias relacionadas a las de su formación, podrán también ser miembros de pleno derecho, con la denominación “Colegiados de empresa”.

Los miembros pre-colegiados no abonarán cuota de ingreso ni cuotas trimestrales hasta el cuarto año de estar pre-inscritos en este Colegio. A partir de ese momento, si han finalizado sus estudios, podrán colegiarse definitivamente y tendrán los mismos derechos y las mismas obligaciones que cualquier otro colegiado en función de su categoría colegial. En el caso de no haberlos finalizado, pero seguir matriculados en los mismos, la Junta de Gobierno podrá acordar la prórroga de la situación de pre-colegiado.